Postura - Matrimonio de igual género - Nov/2009





CC. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA
COMISION DE DERECHOS HUMANOS DE LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
V LEGISLATURA.

P R E S E N T E S.


Por medio de la presente, los sucritos, abogados, integrantes de la REDLATINOMERICANA DE ABOGADOS CRISTIANOS EN MEXICO, A.C., con domicilio legal en la calle de Country Club No.    , Col. Campestre Churubusco, C.P……, de esta Ciudad de México, Distrito Federal, con todo respeto nos dirigimos a usted(es) para manifestarles nuestra postura y  puntos de vista, como cristianos y como abogados mexicanos,  que,  prácticamente,  coinciden con la manera de pensar de millones de  cristianos evangélicos que existen actualmente en el mundo entero y, especialmente, en México y el Distrito Federal, compuesta de aproximadamente entre el 15 al 20% del total de su población,  con respecto  a la INICIATIVA DE REFORMAS AL CODIGO CIVIL Y DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL, para permitir el MATRIMONIO ENTRE personas de HOMOSEXUALES, o personas de igual género, con la pretendida finalidad, según se desprende del texto de la Iniciativa  de que “ las parejas puedan acceder a créditos de vivienda conjuntos y a todos los beneficios que tienen los matrimonios tradicionales”, presentada recientemente al Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, por el Diputado del PRD, DAVID RAZÚ AZNAR, en los siguientes términos:  

De acuerdo a la información que tenemos recabada, dicha Iniciativa pretende reformar:   “… el  artículo 146 del Código Civil, para que en lugar de definir al matrimonio como la unión libre de un hombre y una mujer, se establezca como la unión libre de dos personas.”.  Asimismo reformaría el “…artículo 237, que se refiere al matrimonio entre el hombre o la mujer menor,  para eliminar la distinción de género” y el artículo 294, al que “ se le añadiría “entre hombres o entre mujeres”, cuando se refiere al parentesco de afinidad; mientras que al artículo 724 del mismo Ordenamiento Legal se le adicionaría la palabra “cónyuges”, cuando se habla de quienes pueden constituir el patrimonio familiar”
                         
            A la luz de los artículos 3, 13, 14 y 18, de la  LEY DE SOCIEDADES EN CONVIVENCIA PARA EL DISTRITO FEDERAL, que permite y regula la unión entre personas de igual o diferente sexo, para establecer un hogar común, con voluntad de permanencia y de ayuda mutua”  para que los convivientes puedan tener derecho a otorgase alimentos, a heredarse  y  disfrutar de derechos  patrimoniales entre ellos mismos, resulta ser que dicha Iniciativa de Reformas es totalmente innecesaria, ociosa e impertinente para los fines que persigue, máxime que la LEY DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, en vigor,  dentro de los requisitos que establece a los solicitantes para obtener créditos de vivienda NO EXIGE que éstos  estén casados.  En todo caso, suponiendo, sin conceder, que la Ley de Sociedades en Convivencia para el Distrito Federal tuviese alguna laguna al respecto, bastaría hacerle una reforma a dicha Ley pero no pretender reformar, socavar o destruir la institución del matrimonio, tal y como se encuentra contemplada en el artículo 146 del Código Civil para el Distrito Federal.

La Iniciativa de reformas en comento atenta contra el Derecho, la Moral y las Buenas Costumbres, requisito sine qua non para calificar  de legal una ley:

·         Es en sí misma Anticonstitucional, violatoria de los artículos 4º., 30, capítulo II, constitucionales;  

·         Destruye la Institución Jurídica del MATRIMONIO, consistente entre la unión de un hombre y una mujer……”,

·         Afecta gravemente el concepto tradicional de FAMILIA, base de la sociedad mexicana;

·         Modificaría en gran manera del Derecho Civil en general, vigente  desde hace más de veinte siglos;

·         Atenta,  contra los derechos humanos del hombre, la mujer y de los niños a tener una vida digna y edificante;


·         Resulta contraria a la cultura y las costumbres de la voluntad de la mayoría de los mexicanos,  que se han unido bajo la institución del matrimonio y,  aún, bajo la fórmula del concubinato, en la forma y términos reconocida por la Ley,  porque el Derecho y la figura jurídica  del Matrimonio, como contrato civil, preferente del grueso de la población mexicana,  se vería afectado por el deseo de satisfacer la voluntad de una minoría de la población y se tomaría  como la imposición de la voluntad de las minorías sobre las mayorías respecto a la forma y términos tradicionales en que la sociedad  ha formalizado civilmente el matrimonio, conceptualizándolo como “la unión del hombre y la mujer para vivir una vida en común y para apoyarse mutuamente, con la perspectiva de tener descendencia y formar una familia.”  

·         Se perdería el rumbo del País y se mandaría una mala señal a las generaciones presentes y futuras, anteponiendo los deseos personales a los derechos de la sociedad en general.

·         Sus pretendidos objetivos no satisfacen necesidades vitales para el genero humano o para la sociedad mexicana  y, en especial, la del  Distrito Federal, ya sean materiales, económicas,  educativas, de salud o de trabajo, que son las que realmente están solicitando y necesitando satisfacer la mayoría de los habitantes del Distrito Federal y que, con su aplicación, el Gobierno de la Ciudad cumpla con su deber de mejorar, en dichos ramos, las condiciones de vida de sus habitantes.

·         De aprobarse, afectaría gravemente la imagen del PRD como  Partido serio y responsable,  propiciando, el retiro o respaldo DE VOTOS A SU FAVOR  de millones de mexicanos que profesan la religión  cristiana o evangélica cristiana,  y de un buen número de  católicos, que, siendo tolerantes y,  sin  practicar la  discriminación en contra de los homosexuales, veríamos con malos ojos que se afecten las instituciones jurídicas y sociales del Matrimonio y de la Familia Mexicana con la pretendida obsesión de legalizar el matrimonio entre homosexuales,  puesto que ya hay una Ley que regula su convivencia. 


Finalmente, hacemos notar que las relaciones entre homosexuales, o personas de igual sexo, son  abominación al Dios, Creador y Sustentador del Universo y   de nuestras vidas,  conforme al Libro de  LEVITICO 18: 22:  “No te echarás con varón como con mujer; es abominación” y  las demás  citas bíblicas que aparecen en el  documento Anexo a este escrito y que, suplicamos, sea leído por ustedes.  

Agradeciendo en gran manera la atención que le den a la presente y que la misma sirva para evitar que se consume el gran error, el daño y la ofensa mayúscula que se cometería en contra de la sociedad en general con la aprobación de la mencionada Iniciativa de Reformas, nos suscribimos de ustedes,


MUY ATENTAMENTE

México, D.F., a 25 de noviembre de 2009.


“LA JUSTICIA ENGRANDE A LA NACION”.


LA RED LATINOAMERICANA  DE ABOGADOS CRISTIANOS EN MEXICO, A.C.



El Presidente.       Lic. Jorge Lee Galindo


LIC. PEDRO ALCANTARA CASTREJON.       

P.D. El escrito puede ser enviado también a la MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA antes citada,  
A LAS FRACCIONES PARLAMENTARIAS DE LA ASAMBLEA, PRI, PAN, CONVERGENCIA, PT,), 
A LA COMISION DE JUSTICIA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL D.F. A LAS
Corrientes o Movimientos del PRD, como el Movimiento Nacional por la Esperanza,( www.mne.org.mx), Nueva Izquierda, etc., que aparecen en las páginas de la Web.

Enviar asimismo  copia del mismo a las iglesias e Instituciones evangélicas cristianas, hermanos en lo particular, de todo el  País y del Distrito Federal, pidiéndoles que envíen sus correos con este escrito u otros a la Asamblea Legislativa  del Distrito Federal y a todas las comisiones antes mencionadas que aparecen en la Página de la Asamblea Legislativa por la vía electrónica,  

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